Guía Completa: Finiquito y Derechos Laborales en México 2026

Todo lo que necesitas saber sobre tu finiquito: cuánto te corresponde, cómo calcularlo y cuáles son tus derechos según la Ley Federal del Trabajo.

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1. Finiquito por Renuncia Voluntaria

Cuando un trabajador renuncia voluntariamente, tiene derecho a recibir su finiquito completo sin importar el tiempo que haya trabajado. La renuncia no implica pérdida de derechos laborales acumulados.

¿Qué incluye el finiquito por renuncia?

  • Sueldo pendiente: Los días trabajados desde el último pago hasta la fecha de renuncia.
  • Aguinaldo proporcional: La parte del aguinaldo (mínimo 15 días anuales) correspondiente al tiempo trabajado en el año.
  • Vacaciones proporcionales: Los días de vacaciones ganados según la reforma de Vacaciones Dignas 2023 (mínimo 12 días en el primer año), proporcional al tiempo trabajado.
  • Prima vacacional: El 25% adicional sobre el valor de las vacaciones proporcionales.
  • Prima de antigüedad: Solo si llevas 15 años o más trabajando para el mismo patrón.

Importante: si renuncias antes de cumplir un año, aún te corresponde el aguinaldo y vacaciones proporcionales al tiempo trabajado.

2. Finiquito por Despido Injustificado

Si fuiste despedido sin una causa justificada (Art. 47 LFT), tienes derecho al finiquito completo más una indemnización constitucional por despido injustificado.

Finiquito base (igual que en renuncia):

  • Sueldo pendiente
  • Aguinaldo proporcional
  • Vacaciones proporcionales
  • Prima vacacional
  • Prima de antigüedad (12 días por año, sin requerir 15 años)

Indemnización adicional por despido injustificado:

  • 3 meses de Salario Diario Integrado (SDI)
  • 20 días de SDI por cada año trabajado

Nota: Esta calculadora calcula el finiquito base. La indemnización por despido injustificado se calcula con el SDI, que incluye partes proporcionales de aguinaldo y vacaciones.

3. ¿Cuánto Me Toca de Finiquito si Renuncio?

El monto exacto depende de tu salario diario, los años que trabajaste y los días de vacaciones que te corresponden. Aquí un ejemplo práctico:

Ejemplo: trabajador con 2 años de antigüedad, $500/día, 10 días pendientes

Sueldo pendiente (10 días)$5,000
Aguinaldo proporcional$7,500
Vacaciones proporcionales$7,000
Prima vacacional (25%)$1,750
Total aproximado$21,250

Los montos varían según tu contrato, zona geográfica y años de servicio. Usa nuestra calculadora para obtener tu cifra exacta.

4. Carta Finiquito: Qué Es y Qué Debe Incluir

La carta finiquito es el documento que formaliza el pago de los conceptos adeudados al trabajador al terminar la relación laboral. Es diferente al recibo de nómina: es el comprobante de que ambas partes quedaron sin adeudos.

La carta finiquito debe incluir:

  • Nombre del trabajador y del patrón (razón social)
  • Fecha de ingreso y fecha de baja
  • Motivo de la terminación
  • Salario diario y SDI
  • Desglose de cada concepto (sueldo pendiente, aguinaldo, vacaciones, prima vacacional)
  • Total a pagar
  • Firma del trabajador y del patrón

⚠️ No firmes un finiquito sin leerlo completamente. Si los montos no coinciden con lo que te corresponde por ley, puedes firmar "bajo protesta" o negarte a firmar.

Nuestra calculadora genera una carta finiquito orientativa en PDF que puedes descargar como referencia.

5. Diferencia entre Finiquito y Liquidación

Finiquito

  • ✓ Aplica en TODA terminación laboral
  • ✓ Renuncia, despido, mutuo acuerdo, fin de contrato
  • ✓ Sueldo pendiente + aguinaldo + vacaciones + prima vacacional
  • ✓ Prima de antigüedad según el caso

Liquidación (despido injustificado)

  • ✓ Solo aplica en despido injustificado
  • ✓ Incluye todo el finiquito MÁS:
  • ✓ 3 meses de SDI
  • ✓ 20 días de SDI por año trabajado
  • ✓ Prima de antigüedad (12 días/año)

En resumen: la liquidación incluye al finiquito más indemnizaciones adicionales por el despido injustificado.

6. Causas de Despido Justificado (Art. 47 LFT)

El despido justificado ocurre cuando el trabajador incurre en alguna de las causales del Artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo. En este caso, el patrón no está obligado a pagar indemnización, pero sí el finiquito completo.

  • Engaño del trabajador al momento de la contratación sobre sus capacidades o condiciones
  • Tres o más faltas injustificadas en un período de 30 días, o dos faltas consecutivas
  • Desobediencia al patrón o representantes sin causa justificada
  • Negativa a adoptar medidas de seguridad e higiene
  • Presentarse en estado de ebriedad o bajo influencia de enervantes durante el trabajo
  • Daños intencionales al equipo, instalaciones o productos de la empresa
  • Revelar secretos industriales o asuntos reservados en perjuicio de la empresa
  • Acoso sexual al patrón, compañeros o clientes
  • Actos de violencia, faltas de probidad u honradez
  • Robo, hurto o fraude contra la empresa o compañeros
  • Condena a prisión que le impida cumplir con su trabajo

Importante: el patrón tiene 30 días para despedir al trabajador una vez que conoce la causa. Si no lo hace en ese plazo, pierde el derecho a invocarla.

7. Acta Administrativa: Qué Es y Consecuencias

El acta administrativa es un documento formal que el patrón levanta para documentar una falta o infracción del trabajador. Es el respaldo documental necesario para justificar un despido o una sanción.

¿Cómo se levanta un acta administrativa?

  1. Se cita al trabajador ante el área de Recursos Humanos o el jefe inmediato
  2. Se describe con precisión la falta cometida, fecha, hora y lugar
  3. Deben estar presentes al menos dos testigos
  4. Se le da la oportunidad al trabajador de presentar su versión de los hechos
  5. El trabajador firma el acta. Si se niega, se asienta su negativa con los testigos presentes

Consecuencias para el trabajador:

  • Amonestación o llamada de atención formal
  • Suspensión sin goce de sueldo (máximo 8 días por infracción)
  • En caso de acumulación de faltas: despido justificado

Consejo: si te presentan un acta administrativa, puedes firmar "bajo protesta" indicando que no estás de acuerdo con el contenido. Esto no te perjudica legalmente pero queda constancia de tu desacuerdo.

8. Prima de Antigüedad: Cuándo y Cuánto

La prima de antigüedad es un beneficio económico calculado en función de los años trabajados para un mismo patrón. Se rige por el Artículo 162 de la LFT.

¿Cuándo aplica?

  • Despido justificado o injustificado
  • Renuncia voluntaria después de 15 años de servicio continuo
  • Mutuo acuerdo con más de 15 años de antigüedad
  • Incapacidad permanente del trabajador
  • Fallecimiento del trabajador

¿Cómo se calcula?

Prima de antigüedad = 12 días × años trabajados × salario diario base

El salario diario base tiene un tope: máximo 2 veces el salario mínimo general o de la zona libre de la frontera norte, según corresponda.

Salario mínimo 2026: $315/día (general) · $440/día (frontera norte)

Tope general: $315 × 2 = $630/día · Tope frontera norte: $440 × 2 = $880/día

9. Salario Diario Integrado (SDI)

El Salario Diario Integrado (SDI) es el salario que se usa para calcular las indemnizaciones por despido injustificado, cuotas del IMSS y otras prestaciones. Es mayor que el salario diario base porque incluye partes proporcionales de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional.

SDI = Salario diario × (1 + Factor de Integración)


Factor de Integración (FI) = (Aguinaldo / 365) + (Días vacaciones × Prima vacacional / 365)


FI mínimo = (15/365) + (12 × 0.25 / 365) = 0.0493

SDI mínimo (1 año) = Salario × 1.0493

El FI aumenta con los años de antigüedad porque los días de vacaciones crecen según la reforma de Vacaciones Dignas 2023.

10. ¿Dónde Reclamar tus Derechos?

Si no llegas a un acuerdo con tu patrón, existen organismos oficiales gratuitos donde puedes acudir:

Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL)

Desde la reforma laboral de 2019, el primer paso obligatorio antes de ir a juicio es la conciliación previa. El Centro Federal de Conciliación busca un acuerdo entre trabajador y patrón en un plazo de 45 días. El servicio es gratuito.

Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje / Juntas Locales

Si la conciliación fracasa, el caso pasa al Tribunal de Conciliación y Arbitraje (para trabajadores del Estado) o a los Tribunales Laborales del Poder Judicial (para trabajadores del sector privado). Aquí se resuelve mediante juicio si el despido fue justificado o no.

En estos tribunales puedes solicitar: reinstalación en tu puesto o indemnización constitucional (3 meses de SDI + 20 días × año + prima de antigüedad + salarios caídos durante el juicio).

Procuraduría de la Defensa del Trabajo (PROFEDET)

Organismo del gobierno federal que ofrece asesoría y representación legal gratuita a los trabajadores. Si no puedes pagar un abogado, PROFEDET puede representarte en el proceso de conciliación y en juicio.

Plazos importantes: tienes 2 meses para demandar por despido injustificado (Art. 518 LFT) y 1 año para reclamar vacaciones, aguinaldo o salarios no pagados (Art. 516 LFT). No esperes demasiado.

11. Preguntas Frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para demandar a mi patrón por despido injustificado?

Tienes dos meses a partir del día siguiente en que ocurrió el despido (Art. 518 LFT). Pasado ese plazo prescribe tu derecho a demandar la indemnización constitucional. Si el patrón es una dependencia del gobierno estatal, el plazo es de un mes.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar vacaciones, aguinaldo o salarios no pagados?

Un año contado a partir de que se hizo exigible la prestación (Art. 516 LFT). Esto aplica para vacaciones, prima vacacional, aguinaldo y salarios devengados. Después de ese plazo prescriben.

¿Debo firmar una renuncia en blanco al ser contratado?

No. Es una práctica ilegal. Si firmas una renuncia en blanco, el patrón puede utilizarla para argumentar que no te despidió cuando en realidad sí lo hizo, dejándote sin derecho a indemnización. Nunca firmes documentos en blanco.

¿Cuánto tiempo tiene el patrón para pagar el finiquito?

La LFT no establece un plazo específico, pero la práctica general es pagarlo el mismo día de la separación o a más tardar dentro de los siguientes días hábiles. Si el patrón se niega, puedes acudir a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo (servicio gratuito).

¿Si trabajo menos de un año tengo derecho a aguinaldo y vacaciones?

Sí. Tienes derecho al pago de la parte proporcional al tiempo que hayas trabajado, aunque ya no labores en la empresa (Arts. 76, 77 y 87 LFT). No importa si fue un mes o diez meses — te corresponden las proporcionales.

¿Me pueden obligar a trabajar tiempo extra?

No. El tiempo extra es voluntario. Si lo trabajas, las primeras 9 horas extra a la semana (máximo 3 diarias, 3 veces por semana) se pagan al doble. Si exceden ese límite, se pagan al triple (Arts. 66, 67 y 68 LFT).

¿Puede el patrón despedirme si tengo más de tres faltas?

Sí. Tres o más faltas injustificadas en un período de 30 días, o dos faltas consecutivas, son causa de rescisión sin responsabilidad para el patrón (Art. 47 LFT). En ese caso te corresponde el finiquito base, pero no la indemnización constitucional.

¿El finiquito se paga aunque haya deudas con la empresa?

Sí. El patrón no puede retener el finiquito por deudas del trabajador sin autorización expresa y legal. Solo ciertos descuentos están permitidos por ley (préstamos con consentimiento escrito, por ejemplo). Retener el finiquito injustificadamente es una violación laboral.

¿Qué es el SDI y para qué sirve?

El Salario Diario Integrado (SDI) incluye el salario base más las partes proporcionales de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional. Se usa para calcular cuotas del IMSS, indemnizaciones por despido injustificado y prima de antigüedad.

¿Puedo negociar el monto del finiquito?

La ley establece montos mínimos irrenunciables. El patrón puede ofrecer más, pero nunca menos. Si firmas un finiquito por menos de lo que te corresponde por ley, puedes impugnarlo legalmente. Siempre puedes firmar "bajo protesta" si no estás de acuerdo con las cifras.

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